Respuestas sobre objetivos y motivaciones del copago

- 01/10/2013
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En relación a la nueva disposición publicada en el BOE el 19 de septiembre pasado por el que se somete a copago 43 fármacos de dispensación hospitalaria, de los cuales 21 son medicamentos para el tratamiento del cáncer, la Asociación Española Contra el Cáncer (aecc) ha solicitado en una carta  al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad respuestas a los interrogantes generados con esta Disposición. Además, vuelve a reclamar la petición que ya hizo en el 2012 para que las enfermedades graves fueran una excepción en las medidas de ajuste del sistema sanitario público. En el caso de los medicamentos de dispensación hospitalaria, mantener a los  pacientes con enfermedades graves como el cáncer, exentos del copago. 

Desde la aecc se ha constatado que la resolución aplica sobre todo a medicamentos para el tratamiento de enfermedades oncológicas o tratamiento/prevención de efectos secundarios. Son fármacos de administración oral. Para más del 50% no existe alternativa terapéutica y en los casos en los que existe, las alternativas disponibles gratuitas (no orales) son significativamente menos eficaces para preservar la calidad de vida de los pacientes y conllevan procedimientos para su administración que incrementarían el gasto sanitario en el hospital. 

La mayoría de los enfermos a los que se aplican (con tumores cerebrales, cánceres de pulmón no microcítico, mama, colon, GIST, riñón, próstata, leucemia mieloide crónica y linfoblástica aguda con  Ph+, hepatocarcinoma, páncreas, cáncer de mama HER2, linfoma cutáneo de células T) son pacientes con enfermedad avanzada metastásica. Estos fármacos son la única posibilidad que tienen para frenar la progresión la enfermedad y poder vivir con la mejor calidad de vida posible. Son pacientes que han de tomar esta medicación de por vida, hasta progresión de la enfermedad o aparición de intolerancia al medicamento. Con esta medida, se incrementa la vulnerabilidad de los enfermos más graves.

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